Durante la
mañana de ayer se procedió a realizar la segunda reunión sobre la gestión del
calendario 2014 y la adaptación del mismo a las limitaciones del convenio del
Metal.
Las
Secciones sindicales de CCOO y UGT, manteniendo la unidad de acción y una misma
línea negociadora han buscado, desde el primer momento, un pacto rápido que
permita a la totalidad de la plantilla poder tener a su disposición hasta 4
días de descanso a cuenta de un posible exceso de jornada, en la línea de los disponibles
individualmente por Nissan, aún siendo conscientes del horizonte productivo que se prevé para la segunda mitad del año (parada de X83,
modificación de producciones, paradas por flexibilidad, etc.)
En este
sentido, las peticiones del Comité de
Empresa son que se permita el disfrute de hasta 4 días sobre el posible exceso
de jornada que pueda generar cada trabajador durante este año,
regularizándose el total de dicho exceso
en los mismos términos que el año anterior llegado el 31 de diciembre.
La empresa,
por su parte, ha recogido esta petición, comunicándonos que antes del viernes obtendremos una respuesta,
y aunque se mantienen en la línea de que este año es muy posible que más del
50% de la plantilla no genere exceso de jornada, bien es cierto que en el día de hoy ha
reconocido que debido a las producciones cambiantes de Nissan es posible que
pueda producirse un exceso de jornada de, como mínimo, esos 4 días.
Esta
postura permite que veamos cercano un acuerdo en los términos del año anterior
sobre la generación y regulación del exceso de jornada, aunque mantenemos nuestra
preocupación por la repercusión que
sobre Acciona pueda tener la evolución de
las producciones y el panorama de cambio en los próximos meses, así como
la negociación del convenio del metal que podría llegar a modificar la jornada
anual, aunque estas situaciones se deberán afrontar en el momento en que se
materialicen.
RESUMEN DE LA PROPUESTA:
· Se parte de
un posible exceso de 66 horas, de las cuales se podrían disfrutar hasta 32
horas, y las restantes se regularizarían
a 31 de diciembre.
· Se descuenta
de ese posible exceso máximo los supuestos que no generen exceso de jornada
(FI, PNR, Bajas de más de 30 días, ERES, Retrasos, etc.)
· Una vez
regularizado el saldo a 31 de diciembre, el positivo se guarda y el negativo se
descuenta.