jueves, 21 de enero de 2016

PUESTA EN MARCHA CONVENIO DE ACCIONA: EXCESO DE JORNADA 2015 Y DÍAS DE DESCANSO 2016

EXCESO DE JORNADA 2015

Durante 2015, si se cumplía los parámetros habituales, los trabajadores a final de año  generaban  un total de 58 horas de exceso de jornada, de las cuales se podían disfrutar de 32 como descanso y el resto (26 horas) se regularían a final de año pasando a la bolsa de cada trabajador

Dado que el acuerdo sobre el convenio regulará de manera diferente el exceso de jornada  dándole el valor de hora extra ya que su disfrute se realizara a año vencido, se ha acordado que el exceso de jornada de 2015 que se haya generado por cada trabajador y no haya sido disfrutado como descanso se incluirá en la bolsa de flexibilidad multiplicado por dos, es decir, si a un trabajador le sobraban las 26 horas de exceso de 2015 pendientes, se le incluirán 52 en su bolsa dado que el valor de la hora extra es aproximadamente el doble de la hora que va a bolsa.

Si al añadir esas horas a la bolsa se superan las 200, las horas (previamente multiplicadas por 2) sobrantes se abonarán a 7 euros. Por ejemplo, la bolsa está a 194 y tengo un exceso de jornada de 26 horas del 2015, la empresa multiplicará por 2 el exceso de jornada, incluirá 6 horas a la bolsa (dejando un saldo de 200) y me abonará las 46 horas restantes a 7 euros cada una, es decir, 46x7= 322 euros.

La Empresa comunicará, a 31 de enero, el saldo de la bolsa de cada trabajador con el exceso de 2015 incluido. En el caso de trabajadores que se les deba abonar ese exceso, se realizará en la nómina correspondiente al mes de  febrero (1 de marzo)

DÍAS DE DESCANSO 2016

Una vez aprobado el Convenio de Acciona, la totalidad de horas positivas de la bolsa horaria que cada trabajador tenga, (y las que vaya realizando durante el año), podrán ser disfrutadas como descanso, sin limite alguno, en los mismos términos que hasta ahora se disfrutaba el posible exceso de jornada. Cada trabajador podrá solicitar el disfrute de tantos días de descanso como saldo tenga en su bolsa de horas.

Como ejemplo, un trabajador que disponga de 52 horas en su bolsa podrá solicitar hasta las 52 horas como descanso a partir de este año (o las que vaya generando durante el año).

Cada trabajador podrá solicitar el disfrute de tantos días de descanso como saldo tenga en su bolsa de horas.

Las solicitudes para el disfrute de descanso en cualquier fecha del año 2016 pueden ser entregadas hasta el jueves 28 de enero a los mandos y en el caso de que las solicitudes de fechas concretas sean mayores que las vacantes de disfrute, se realizará el sorteo de dichos días el viernes 29 de enero.


El resto de solicitudes del año se presentarán, como se venía realizando hasta ahora, con 7 días de antelación a través del mando directo.