EXCESO DE JORNADA 2015
Durante 2015, si se cumplía
los parámetros habituales, los trabajadores a final de año generaban un total de 58 horas de exceso de jornada, de
las cuales se podían disfrutar de 32 como descanso y el resto (26 horas) se
regularían a final de año pasando a la bolsa de cada trabajador
Dado que el acuerdo sobre
el convenio regulará de manera diferente el exceso de jornada dándole el valor de hora extra ya que su
disfrute se realizara a año vencido, se ha acordado que el exceso de jornada de 2015 que se haya generado por cada
trabajador y no haya sido disfrutado como descanso se incluirá en la bolsa de
flexibilidad multiplicado por dos, es decir, si a un trabajador le
sobraban las 26 horas de exceso de 2015 pendientes, se le incluirán 52 en su bolsa dado que el valor de la hora extra
es aproximadamente el doble de la hora que va a bolsa.
Si al añadir esas horas a
la bolsa se superan las 200, las horas (previamente multiplicadas por 2)
sobrantes se abonarán a 7 euros. Por ejemplo, la bolsa está a 194 y tengo un
exceso de jornada de 26 horas del 2015, la empresa multiplicará por 2 el exceso
de jornada, incluirá 6 horas a la bolsa (dejando un saldo de 200) y me abonará
las 46 horas restantes a 7 euros cada una, es decir, 46x7= 322 euros.
La Empresa comunicará, a 31
de enero, el saldo de la bolsa de cada trabajador con el exceso de 2015
incluido. En el caso de trabajadores que se les deba abonar ese exceso, se
realizará en la nómina correspondiente al mes de febrero (1 de marzo)
DÍAS DE DESCANSO 2016
Una vez
aprobado el Convenio de Acciona, la totalidad de horas positivas de la bolsa
horaria que cada trabajador tenga, (y las que vaya realizando durante el
año), podrán ser disfrutadas como descanso, sin limite alguno, en los
mismos términos que hasta ahora se disfrutaba el posible exceso de jornada. Cada
trabajador podrá solicitar el disfrute de tantos días de descanso como saldo tenga
en su bolsa de horas.
Como ejemplo, un trabajador
que disponga de 52 horas en su bolsa podrá solicitar hasta las 52 horas como
descanso a partir de este año (o las que vaya generando durante el año).
Cada
trabajador podrá solicitar el disfrute de tantos días de descanso como saldo
tenga en su bolsa de horas.
Las solicitudes para el
disfrute de descanso en cualquier fecha del año 2016 pueden ser entregadas
hasta el jueves 28 de enero a los mandos y en el caso de que las solicitudes de
fechas concretas sean mayores que las vacantes de disfrute, se realizará el
sorteo de dichos días el viernes 29 de enero.
El resto de solicitudes del
año se presentarán, como se venía realizando hasta ahora, con 7 días de
antelación a través del mando directo.